FORMULARIO
 
LEY Nº 19.574 (ART. 9)
DECRETO N° 380/018
 

LEY Nº 19.574 de 20/12/2017

Art. 9º.- “El Presidente y Vicepresidente de la República, los Senadores y Representantes 
Nacionales, los Ministros y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales de Secretaría 
de los Ministerios, los Directores de Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Personas 
Públicas No Estatales y cualquier cargo político y de particular confianza, no podrán ser 
accionistas, beneficiarios finales, ni tener ningún tipo de vinculación, con sociedades 
comerciales domiciliadas en jurisdicciones de nula o baja tributación, mientras se desempeñan 
en el cargo público.”
1) INFORMACION DEL CARGO


2) DATOS PERSONALES


 

3) QUIEN SUSCRIBE DECLARA:

 

NO soy accionista, beneficiario final(Ley N°19484 de 05/01/2017, Decreto 77/017 del 27/03/2017 y Decreto 166/017 del 26/06/2017), ni tengo ningún tipo de vinculación con sociedades comerciales domiciliadas en jurisdicciones de nula o baja tributación.¹

 

SI soy accionista de sociedades comerciales domiciliadas en jurisdicciones de nula o baja tributación. ¹

 

SI soy beneficiario final de sociedades comerciales domiciliadas en jurisdicciones de nula o baja tributación.¹

 

SI tengo vinculación con sociedades comerciales domiciliadas en jurisdicciones de nula o baja tributación.¹

 

La información  suministrada está sujeta a las penalidades de  la ley (art. 239 del Código Penal: 
“El que, con motivo de otorgamiento o  formalización de un documento público ante un funcionario 
público, prestase una  declaración falsa sobre su identidad o estado o cualquier otra 
circunstancia de  hecho será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión”, pudiendo en  
cualquier momento exigir la prueba correspondiente.”)

Firma: ________________

Aclaración:______________

 

Timbre Profesional

______________________________________________________________________

¹Jurisdicciones de nula o baja tributación

(Fuente Dirección General de Impositiva 10730/2018 - 17 Diciembre 2018)

Andorra,
Angola,
Anguila,
Antigua y Barbuda,
Ascención,
Belice,
Brunei,
Colonia de Gibraltar,
Commonwealth de Dominica,
Comunidad de Bahamas,
Estado de Bahrein,
Federación de Saint Kitts y Nevis,
Grenada,
Guam,
Guyana,
Honduras,
Hong Kong,
Isla de Cocos (Isla de Keeling),
Isla de Navidad,
Isla de Santa Elena,
Isla Norfolk,
Isla Pitcairn,
Islas de Cook,
Islas del Pacífico,
Islas Fiji,
Islas Maldivas,
Islas Malvina/Falkland Islands,
Islas Marshall,
Islas Palau,
Islas Salomón,
Islas Vírgenes de Estados Unidos de América,
Islas Vírgenes Británicas,
Jamaica,
Jordania,
Kiribati,
Labuán,
Líbano,
Liberia,
Macao,
Mónaco,
Niue,
Polinesia Francesa,
Puerto Rico,
Reino de Tonga,
República de Vanuatu,
República de Yemen,
San Martín (Antigua intengrate de Antillas Holandesas)
San Pedro y Miquelón,
Santa Lucía,
Sultanato de Omán,
Svalbard,
Swazilandia,
Tokelau,
Tristán de Acuña,
Tuvalu,
Yibuti (Djibouti).